Con una mayoría de votos, el Congreso del Estado de México ha aprobado la prohibición y sanción a las terapias de conversión.
Las terapias de conversión buscan cambiar la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas de la comunidad LGBT+, esto basado en una perspectiva homofóbica. Suelen consistir en "sesiones" psicológicas, psiquiátricas o tratamientos en los cuales se emplea violencia física, moral, sexual o psicoemocional atentando contra la autodeterminación sexual de las personas.
Serán castigadas con tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días de multas a aquellas personas que sometan, presionen y obliguen a la realización o a recibir dichas terapias.
La propuesta fue aprobada en lo general y en lo particular con 53 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones, con esto se reforma el artículo 211 del Código Penal.
Dicha iniciativa fue presentada por Beatriz García Villegas, diputada de morena, señalando que se incrementó el riesgo de depresión, adicciones y tendencias suicidas entre aquellas personas víctimas de este tipo de actividades.
En caso de que dichas acciones sean realizadas contra menores de edad, adultos mayores, personas discapacitadas, privadas de la libertad o aquellas que no pueden comprender lo que está pasando, las penas aumentarán hasta en un 50%. De igual se castigará cuando la víctima sea ascendiente, descendiente hermano, tutor, cónyuge, pupilo o concubino del acusado. En ambos casos se desplegará un oficio.
La #LXLegislaturaMexiquense aprueba penas de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días multa a quien someta, coaccione u obligue a otra persona a recibir o realizar procedimientos con la finalidad de cambiar su orientación sexual. pic.twitter.com/lU41G814ai
— Legislatura Edomex (@Legismex) October 20, 2020