Mediante un comunicado la CNDH informó que esto se debe a “violaciones graves a los derechos humanos, a la integridad personal y trato digno, por actos de tortura e incomunicación”, detallando que a Aburto se le prohibió establecer alguna comunicación con el organismo.
Mario fue detenido el 23 de marzo de 1994 en Lomas Taurinas en Tijuana, Baja California, luego de que finalizara el evento en el que Luis Donaldo Colosio, candidato a la Presidencia de la República, fuera herido por disparos de arma de fuego los cuales le ocasionaron la muerte.
Fue trasladado a la Agencia del Ministerio Público Federal de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en la ciudad, el 25 de marzo de 1994 ingresó al CEFERESO 1 ‘Altiplano’ ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México, para después ser internado en Centros Federales de Readaptación Social en distintas entidades, desde el 21 de octubre de 2020 está en el CEFERESO 12 ‘CPS-Guanajuato’.
La CNDH declara que hace siete meses recibió una nueva queja del señalado en donde declara que ha estado denunciando los actos de tortura reiterada y continuamente, puntualizando que desde el 31 de agosto de 1994 existe una investigación al respecto en la FGR. Sus familiares también han manifestado que lo han mantenido alejado de ellos, asimismo, detallan que los centros a los que ha sido recluido se encuentran lejos del lugar en donde radican, por lo que piden sea trasladado a un centro de reinserción en Baja California.
Tras investigaciones, la Comisión Nacional determinó que elementos de entonces la Policía Judicial Federal adscritos a la Procuraduría General de la República (hoy FGR), así como los Agentes del Ministerio Público Federal que intervinieron en la detención, en las primeras diligencias ministeriales y en el traslado de la víctima a las instalaciones del CEFERESO número 1, “incurrieron en actos de tortura en su contra y los médicos que intervinieron en los hechos actuaron de forma irregular al pretender ocultar o tolerar dichos actos”, así como el personal médico y custodios del centro, declarando, además, que el mantenerlo alejado de donde habita su familia constituye a una violación a los derechos humanos, a la integridad personal y trato digno.
Ante esto, la CNDH sugiere que la FGR realice una investigación del caso que dio origen a su detención y sentencia, con la finalidad de que esta nuevas diligencias sean abordadas sin prejuicio “y con perspectiva pro homie” para poder subsanar las deficiencias y poder llegar al pleno esclarecimiento de los hechos, permitiendo que Aburto y la sociedad mexicana, acceda al derecho a la verdad de manera individual y colectiva.
Asimismo, recomienda al titular de la Fiscalía y al comisionado de Prevención y Readaptación Social reparar de manera integra el daño al agraviado ya sus familiares en los términos de la Ley General de Víctimas, así como inscribirles en el registro nacional de Víctimas y otorgarles atención médica y psicológica, también colaborar en el trámite y seguimiento de la queja que sea promovida ante el Órgano Interno de Control de la FGR y del OADPRS en contra de los servidores públicos involucrados.
#CNDH dirige #Recomendación a la @FGRMexico y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social por actos de #Tortura contra una persona privada de su libertad en #CEFERESO de #Guanajuato.#DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/XDSXvMrpT4
— CNDH en México (@CNDH) October 26, 2021