La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) ha emitido un informe sobre la muerte de Giovanni López en donde se concluye que se trató de una ejecución extrajudicial a manos de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos.
Es razonable asumir que la causa de la muerte de Alejandro Giovanni López Ramírez fue responsabilidad directa de los elementos de seguridad municipal en uso excesivo de la fuerza pública, sin que existieran indicios u otros elementos que corroboren su justificación”, se menciona en el informe.
De igual manera se señaló que Giovanni fue golpeado mientras se encontraba bajo la custodia de los uniformados, estos actos fueron realizados con la intención de someterlo, causarle sufrimientos así como intimidarlo, señalando que estos golpes fueron de manera consciente y desproporcionada lo que le ocasionaría la muerte.
Las finalidades de los sufrimientos físicos y psíquicos infringidos a Giovanni fueron para castigarlo por la presunta oposición que tuvo a la detención ilegal y arbitraria y tratar de justificar el abuso excesivo de la fuerza de la actuación policía la cual se filmó mediante un celular de sus familiares y que se corroboró después con los informes médicos”.
La ficha de detención confirmó que Giovanni ingresó a los separos el 4 de mayo a las 22:17 horas. El alcaide que se encontraba en turno mencionó que el detenido no presentaba un buen estado de salud.
El circuito cerrado de los separos no tiene sistema de almacenamiento, por esta razón no se pudieron obtener videos de ese día, asimismo las cámaras de dos celdas no funcionaban de manera adecuada y la iluminación no era buena.
El cuerpo de Giovanni presentó contusiones en los ojos, así como en el pómulo izquierdo; tórax anterior parrilla costal lado derecho; epigastrio, mesograstrio y diversas contusiones. Se recomendó radiografías de cráneo y región abdominal, estas no fueron tomadas.
De acuerdo con el director de servicios médicos municipales, el parte médico fue realizado al menos a dos metros de la víctima por lo que no observó heridas por arma de fuego, mencionó el reingreso de la víctima el 5 de mayo, estuvo en sala de choque por tres horas aproximadamente.
Sin embargo, directivos del hospital señalaron en un escrito que Giovanni no ingresó como paciente, a las 10:00 a.m. del 5 de mayo una ambulancia del Sistema de Atención Médica de Urgencias llegó acompañado por dos paramédicos, dos policías y una persona con uniforme de especialista, supuesto responsable del manejo para practicarle una tomografía, Giovanni se encontraba agitado, trataba de bajarse de la camilla, al indica que podían pasar para realizar el estudio, el responsable informó que el estudio no se realizaría y se retiraron.
Se señaló que Giovanni falleció en los Servicios Médicos Municipales de Ixtlahuacán, fue trasladado al Servicio Médico Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses. El acta de defunción señala que su causa de muerte fue “trauma craneoencefálico”.
Para esta defensoría hay elementos para acreditar una ejecución extrajudicial. El documento lo puedes consultar en 👉🏼 https://t.co/c4AAnCwp4g
— CEDH en Jalisco (@CEDHJ) June 12, 2020