En la medida cautelar se establece que se debe detener la transmisión de dicho spot en radio, televisión, así como en cualquier red social, también el INE resolvió que en caso de que se siga difundiendo el material audiovisual se considerará como un desacato por parte del candidato de Movimiento Ciudadano y el Instituto actuará sin miramiento para sancionar la conducta.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó que, en un plazo no mayor a 6 horas a partir de la notificación legal, sea retirado el spot nombrado “No hay lugar Chihuahua”, donde se calumnia a Maru Campos atribuyéndole delitos de soborno y corrupción, aludiendo a hechos que no han sido juzgados.
Además, la Comisión señaló que las expresiones son una crítica fuerte hacia la candidata panista, quien se ha caracterizado por sus resultados, experiencia y transparencia.
Finalmente, el INE notificó a Jorge Alfredo Lozoya que en un plazo no mayor a 6 horas de recibida la notificación cumpla con la medida cautelar expedida y retire el spot.