El día de hoy las alcaldías de Milpa Alta y Coyoacán anunciaron que la venta de bebidas alcohólicas se ampliará al menos un mes más, esto para prevenir aglomeraciones ante la pandemia ocasionada por el Covid-19.
Manuel Negrete, alcalde de Coyoacán mencionó que esta ley se extenderá hasta la reanudación de actividades no esenciales, dicha medida estará vigente de viernes a domingo.
Dicha medida prevalecerá hasta en tanto la autoridades sanitarias señalen que las labores no esenciales se apeguen al Plan Gradual Hacia la Nueva Normalidad y se pueda desarrollar esta actividad sin generar un impacto negativo en la prevención y propagación del Covid-19”.
BOLETÍN DE PRENSA
— Alcaldía de Coyoacán (@Alcaldia_Coy) June 4, 2020
El alcalde @manuelnegretea, anunció la limitación en la venta de bebidas alcohólicas en la demarcación, para evitar aglomeraciones y seguir salvaguardando la salud de los coyoacanenses.
Los días viernes, sábado y domingo, a partir de este 5 de junio. pic.twitter.com/TTsj8qe6DT
Se sancionará al que llegue a violar esta medida, de acuerdo a las “disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables”.
Por su parte, Octavio Rivero, alcalde de Milpa Alta, mencionó que esta disposición será vigente todo junio, aplicará únicamente los fines de semana, la venta se permitirá de 8:00 a 20:00 horas de lunes a viernes.
En la alcaldía Miguel Hidalgo se prohíbe la venta de aquellas bebidas que tengan más de 1% de alcohol, esta restricción estará del 5 al 7 de junio y del 12 al 14 del mismo mes.
Todas las personas que lleven a cabo actividades de venta, distribución, comercialización o consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública […] o en aquellos lugares donde se propicie una concentración innecesaria de personas serán remitidas sin dilación al Juzgado Cívico y/o Ministerio Público correspondiente”, mencionó la alcaldía.
La medida deberá de ser acatada por todos los establecimientos mercantiles, así como para entregas a domicilio, bebidas mezcladas o en distribucipon de forma gratuita.
De acuerdo con el artículo 63 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, la autoridad deberá de levantar un inventario y asegurar de manera inmediata las bebidas que se expidan o vendan.
El artículo 39 de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa (Invea) menciona que ante el incumplimiento de esta medida, el establecimiento deberá de ser dado de baja del Padrón de Cumplimiento Responsable y serán sujetos de nuevo al Programa Anual de Verificación Ordinaria, de acuerdo con Milenio.