Jueces, magistrados, consejeros electorales, trabajadores del Banco de México y de la Secretaría de Gobernación, entre otras dependencias, han presentado cinco mil 165 amparos contra la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos que les impide ganar más de 108 mil pesos mensuales que percibe el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los amparos buscan revertir el tope salarial que propone la Presidencia de la República, que sería obligatorio no sólo para los funcionarios dependientes del Ejecutivo federal, sino también a organismos autónomos y descentralizados.
En mayo pasado, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión aclarar en esa ley los parámetros para fijar el sueldo presidencial, que serviría como tope para definir los ingresos del resto de los funcionarios públicos.
Los amparos fueron promovidos contra esa ley tanto de su texto original de noviembre pasado como del reformado que se publicó el pasado19 de abril, de acuerdo con el diario El Sol de México.
El máximo tribunal ordenó en diciembre pasado que todos los amparos fueran aplazados mientras resolvía las primeras controversias sobre el asunto, lo que ocurrió hasta mayo siguiente.
Los ministros acotaron que si bien es constitucional que se establezca que ningún servidor público puede ganar más que el Ejecutivo federal, la norma de remuneraciones carecía de parámetros para fijar esta percepción, es decir, no explica los elementos, métodos o procedimientos para respetar esa proporcionalidad, la cual se orienta en los grados de responsabilidad, pues entre más es ésta el salario deberá incrementarse de manera proporcional.
En mayo pasado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ordenó concentrar todas las suspensiones derivadas de la “discusión, aprobación, expedición y publicación de la Ley Federal de Remuneraciones” en los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México.
Con el acuerdo, el CJF busca que ambos juzgados federales, “alivien la carga de trabajo” a los jueces en donde se originen los amparos y emitan sentencias más rápidas.
Refiere que las personas que interpongan un juicio de amparo, podrán dar seguimiento a sus trámites, como “la consulta del expediente electrónico en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación”.
En el análisis de la impugnación de esa ley, la Corte concluyó que el Congreso de la Unión deberá legislar sobre el parámetro con el que se establece el salario del presidente, debido a que es un tema delicado al implicar recursos públicos.
El Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor de este decreto, en dichas reformas se deberá establecer el organismo técnico responsable de los estudios, apuntó.
La diputada federal Miroslava Carrillo Martínez sustentó el dictamen, al destacar la importancia de las tres iniciativas integradas por las diputadas Dulce María Sauri Riancho, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y María Chávez Pérez, de Morena, así como la presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Asimismo, expuso que los legisladores de diversos grupos parlamentarios reconocen un cambio en la forma de gobernar bajo una política de austeridad que se ha implementado desde la Presidencia de la República.
Por tanto, consideró que el Artículo 127 es claro al mencionar que las remuneraciones de los servidores públicos en general deben ser adecuadas, irrenunciables y proporcionales a sus responsabilidades, por lo que no deben rebasar el límite de la establecida para el presidente de la República.
A su parecer, es necesario hacer un esfuerzo de austeridad en México, a fin de equilibrar las remuneraciones en un contexto económico nacional donde prevalecen la pobreza y la desigualdad.