La decisión fue tomada debido a que el juez Séptimo de Distrito en el Estado de México señalara que los niños y adolescentes en México deberían de ser considerados dentro del grupo de riesgo, esto debido a que regresaron a clases presenciales, sin embargo, aún no han sido vacunados.
Ante la resolución se concedió una suspensión definitiva para que las autoridades sanitarias tomen en cuenta a los menores en el Plan de Vacunación y con esto comiencen a inmunizarlos.
El juez detalló que, aunque el regreso a las clases presenciales es de manera voluntaria, no se tiene que ignorar que la movilidad de los menores para poder asistir a las aulas puede ser por diversos medios, los cuales en su mayoría implica que tengan un mayor contacto con personas las cuales podrían ser portadores del virus, poniendo en riesgo su salud.
Este amparo fue solicitado por una menor de edad, sin embargo, el juzgador concedió la suspensión con la finalidad de poder beneficiar a todos los menores de edad del país, priorizando su derecho a la salud.
El incumplimiento de dicha medida cautelar implicará el delito de abuso de autoridad que se encuentra previsto en el artículo 262 fracción III y 265 fracción I de la Ley de Amparo, sancionado por el numeral 215 del Código Penal Federal, de acuerdo con ‘El Heraldo’, se dio un plazo de 48 horas para que el Gobierno federal empiece a aplicar la vacuna de Pfizer y BioNTech, esto a partir de su legal notificación.